G-108 B INF Alcance Publicaciones capacidades solicitadas por remitentes y declaración de comercializadores
Respetados señores:
La Bolsa Mercantil de Colombia S.A. en su calidad de Gestor del Mercado de Gas Natural, en cumplimiento a lo establecido en los literales f) y g) del Artículo 15 de la Resolución CREG 185 de 2020, recibió las declaraciones de las solicitudes de capacidad de transporte de los remitentes, por parte de los transportadores el pasado 20 de septiembre, a su vez, realizó la publicación de esta información en el Boletín Electrónico Central – BEC – el 22 de septiembre, conforme a las fechas establecidas en el Cronograma trimestral publicado por la CREG mediante la Circular 018 de 2021.
Así mismo, el pasado 28 de septiembre se recibieron las declaraciones de comercializadores, las cuales fueron publicadas por el Gestor del Mercado el 29 de septiembre, dando cumplimiento a las fechas establecidas en la normatividad vigente.
Ahora bien, nos permitimos informar al mercado sobre dos actualizaciones solicitadas por un transportador y un comercializador, las cuales generaron cambios en las publicaciones efectuadas por el Gestor, como se describe a continuación:
1. Actualización de la declaración de las solicitudes de los remitentes en la modalidad firme trimestral para las rutas Cusiana – Cogua y Cusiana – GBS en el trimestre diciembre 2021 – febrero 2022, lo que ocasionó una modificación en la información publicada por el Gestor el 22 de septiembre de 2021, dicho ajuste se presenta en la siguiente tabla. La información asociada a la declaración definitiva podrá ser consultada directamente en el BEC.
Nota 1: La información de las solicitudes de los remitentes ajustadas las podrá consultar mediante el siguiente vínculo: https://www.bmcbec.com.co/Informaci%C3%B3n-Transaccional/Comercializaci%C3%B3n-deTransporte/Comercializaci%C3%B3n-de-Capacidad-Disponible-Primaria%E2%80%93Red-existente-yproyectos-IPAT/Publicaci%C3%B3n-solicitudes-de-los-remitentes-y-modificaciones%E2%80%93redexistente%20y-proyectos-IPAT
2. Actualización por parte de un comercializador de las declaraciones de la demanda regulada que trata el Artículo 3 de la Resolución CREG 001 de 2021. Dicho ajuste se presenta en la siguiente tabla. La información asociada a la declaración definitiva podrá ser consultada directamente en el BEC.
Nota 2: La información de declaración de los comercializadores la podrá consultar mediante el siguiente vínculo: https://www.bmcbec.com.co/informacion-transaccional/Comercializaci%C3%B3n-deTransporte/Comercializaci%C3%B3n-de-Capacidad-Disponible-Primaria%E2%80%93Red-existente-yproyectos-IPAT/Declaraci%C3%B3n-de-Comercializadores
Cualquier inquietud adicional, con gusto será atendida a través del correo electrónico gestordegas@bolsamercantil.com.co o a través de la línea (1) 6292529 Ext. 601 – 629 – 715 – 764 – 776 – 777 – 850.
Cordialmente,
LEYDI DIANA RINCÓN RINCÓN
Gerente de Gas Natural
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