G-075 B INF Publicación Variables Garantías de Participación Subasta Congestión contractual

Respetados señores:
En cumplimiento de lo establecido en el numeral 4 del Anexo 1 de la Resolución CREG 001 de 2021 y conforme a lo mencionado en el Reglamento de Operación: Fideicomiso BMC Capacidad de Transporte ante Congestión Contractual, publicado mediante el Boletín G-039 del 5 de mayo de 2021, la Bolsa Mercantil de Colombia, en calidad de Gestor del Mercado de gas natural se permite realizar la publicación de las variables 𝑄𝑟, 𝑃𝑅𝑄𝑟, 𝑡 y 𝛽; necesarias para el cálculo de los valores de las garantías de participación para los agentes a que hacen referencia los artículos 7 y 8 de la Resolución CREG 185 de 2020, en el marco de la Subasta de Capacidad de Transporte ante Congestión Contractual, a realizarse el próximo 14 y 15 de julio de 2025.
Las garantías deberán constituirse por cada uno de los tramos sobre los cuales se presente disponibilidad, conforme al tipo de rol que desempeñará (vendedor o comprador) e informar estos datos mediante comunicación dirigida a la Fiduciaria.
La fecha límite de entrega de esta garantía será el 22 de julio de 2025 hasta las 5:00 pm para el caso de los vendedores y el 06 de agosto de 2025 hasta las 5:00 pm para el caso de los compradores.
Por lo anteriormente expuesto, a continuación, se enuncian las variables a tener en cuenta conforme a las fórmulas establecidas en el numeral 4 del Anexo 1 de la Resolución CREG 001 de 2021:
-𝑸𝒓: Capacidad disponible primaria de transporte para la subasta. Según lo publicado en el Boletín G-074 de 2025.
-𝑷𝑹𝑸𝒓: Precio de reserva en la moneda vigente por kpcd para 𝑄𝑟 a subastar, el cual corresponde al valor de la pareja de cargos 100% Fijo – 0% Variable más el correspondiente AOM y los correspondientes cargos estampilla, cuando a ello haya lugar1, de acuerdo con la información que el transportador informe al Gestor.
-𝜷: Porcentaje de 𝑄𝑟 que el comprador está interesado en comprar en la subasta.
-𝒕: 30 días.
El reglamento de la subasta podrá ser consultado a través de la plataforma SEGAS, mediante el módulo DOCUMENTOS >> Reglamentos >> Reglamento del mecanismo de asignación de capacidad de transporte ante congestión contractual.
Cualquier inquietud adicional, con gusto será atendida a través del correo electrónico gestordegas@bolsamercantil.com.co o a través de la línea (1) 6292529 Ext. 601 – 629 – 715 – 764 – 776 – 777 – 850. Cordialmente
Para descargar el comunicado, por favor hacer clic acá
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