G-087 B INF Verificaciones SEGAS - Declaración de Información de nominación y registro de contratos.
Respetados señores:
La Bolsa Mercantil de Colombia en su calidad de Gestor del Mercado de Gas Natural, se permite informar a los participantes del mercado, que en virtud de la función de recopilar, verificar, publicar y conservar la información operativa del sector de Gas Natural en Colombia, establecida en el artículo 5 de la Resolución CREG 186 de 2020, así como en el anexo 2 de la Resolución CREG 185 de 2020, y propendiendo por la calidad de los reportes de la mencionada información declarada en el Sistema Electrónico de Gas – SEGAS por parte de los agentes: Productores-Comercializadores, Comercializadores de Gas Importado, Transportadores, Comercializadores-Distribuidores, Comercializadores, Usuarios No Regulados y Generadores Térmicos, se implementarán a partir del jueves 26 de octubre de 2023, los siguientes controles para los reportes de la información operativa en SEGAS:
1. Controles nominación y renominación de contratos de suministro
Las validaciones a implementarse en este sentido corresponden a:
• Las operaciones que se están reportando se encuentren vigentes y en las que el productor – comercializador o comercializador de gas importado sea el vendedor.
• Que el operador de la punta de compra diligenciado en el reporte corresponda al número de operación del registro.
• La cantidad agregada del reporte para la operación no exceda la cantidad contratada (cantidad reportada en el módulo de registro de contratos).
• Implementación de margen para el control de la cantidad nominada, respecto de la cantidad contratada (Valor máximo de declaración de acuerdo con el contrato).
• Para el reporte de nominación/renominación del sector de consumo petroquímica debe reportarse en el campo “numero de operación” el valor 0 (CERO). Únicamente aplicable a aquellos agentes cuya operación implique la atención de este sector de consumo.
• Correo de notificación del reporte diario de las nominaciones o de la ausencia de estas. En los dos casos el sistema listará todas las operaciones que fueron reportadas o que debieron reportarse para el día de gas.
2. Controles nominación y renominación de contratos de Transporte
La operación que se está reportando se encuentre vigente y en la que el transportador sea el vendedor.
Que el operador de la punta de compra diligenciado en el reporte corresponda al número de operación del registro.
El código de destino será verificado dependiendo del código del punto de salida.
Para los puntos 1 y 2 anteriormente expuestos, no se presentan variaciones en la estructura de los archivos planos, por lo que continúan siendo aplicables los dispuestos en el instructivo de “Ingreso de información operativa SEGAS por los usuarios”, que se encuentra publicado en el SEGAS en la ruta: Informes > Documentos > Instructivos.
3. Notificaciones de registros de contratos que no han culminado el proceso de registro
El sistema notificará semanalmente a los agentes todas aquellas operaciones que se encuentren en estado “pendiente corrección”, “sin registro”, “sin registro comprador”, “sin registro vendedor”; estas notificaciones aplicarán para las operaciones celebradas en todos los mercados (primario, secundario y OTMM).
Como un proceso de transición sugerimos que, para los reportes operativos a efectuarse en la plataforma los días 26 y 27 de octubre de 2023 los agentes realicen los cargues de forma anticipada, con el objetivo de validar y detectar ajustes en las parametrizaciones de SEGAS. En dicho caso, se deberá informar de manera oportuna estas novedades al correo del Gestor del Mercado gestordegas@bolsamercantil.com.co, para que el reporte se realice dentro de los plazos establecidos en la regulación.
Cualquier inquietud adicional, con gusto será atendida a través del correo electrónico gestordegas@bolsamercantil.com.co o a través de la línea (1) 6292529 Ext. 601 – 629 – 715 – 764 – 776 – 777 – 850..
Cordialmente,
MANUEL AUGUSTO SOCHA QUINTERO
Experto en Regulación con funciones de Gerente de Gas encargado
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