G-062 B INF Derogación Mecanismos de comercializaicon Reservas, Subasta C1 Y C2 y Subasta con Interrupciones
Respetados señores:
La Bolsa Mercantil de Colombia S.A. en su calidad de Gestor del Mercado de Gas Natural, dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución CREG 102 009 de 2024 “Por la cual se modifica la Resolución CREG 186 de 2020.”, se permite informar:
• Derogación mecanismos de comercialización de Reserva de cantidades a Usuarios Regulados y Subasta C1 Y C2:
Conforme a la entrada en vigencia de la Resolución CREG 102 009 de 2024, para las negociaciones directas de suministro bajo modalidades contractuales C1 y C2 debe seguirse los lineamientos definidos en el artículo 11 de la Resolución CREG 102 009 de 2024 que modifica el artículo 23 de la Resolución CREG 186 de 2020. Así mismo el mencionado artículo 11 elimina el proceso de Reserva de cantidades a Usuarios Regulados. Consecuentemente, no se negociará el suministro de gas natural mediante la subasta para los productos C1 y C2, reglamentada en el Anexo 4 de la Resolución CREG 186 de 2020, teniendo en cuenta que dicho anexo es derogado bajo el artículo 20 de la Resolución CREG 102 009 de 2024.
• Derogación mecanismo de subasta de gas natural bajo la modalidad de contratos con interrupciones:
Conforme a la entrada en vigencia de la Resolución CREG 102 009 de 2024, para las negociaciones directas de contratos de gas natural con interrupciones, se debe seguir los lineamientos definidos por el artículo 16 de la Resolución CREG 102 009 2024 que modifica el literal A) del artículo 40 de la Resolución CREG 186 de 2020. Consecuentemente, no se negociará la compraventa de gas natural de contratos con interrupciones mediante la subasta mensual, reglamentada en el Anexo 6 de la Resolución CREG 186 de 2020, teniendo en cuenta que dicho anexo es derogado bajo el artículo 20 de la Resolución CREG 102 009 de 2024.
Teniendo en cuenta la derogación de la subasta C1 y C2 y la modificación al cronograma de comercialización 2024 bajo la circular CREG 058 de 2024, ya no es procedente la declaración para publicación de la información de los boletines G-056 y G-057 publicados por el Gestor del Mercado el 12 de agosto de 2024.
Cualquier inquietud al respecto, con gusto será atendida a través del correo electrónico gestordegas@bolsamercantil.com.co o a través de la línea (1) 6292529 Ext. 601 – 629 – 715 – 764 – 776 – 777 – 850.
Cordialmente,
MARIA CLAUDIA ALZATE MONROY
Directora del Gestor del Mercado de Gas Natural
Bolsa Mercantil de Colombia
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